Aunque cueste creerlo, el voto tiene un
precio.
La ley 19.884, en su artículo 15, establece un
mecanismo de financiamiento para los candidatos a Presidente,
parlamentario y consejero regional (cores), el que permite que exista
cierta igualdad a la hora de tener recursos para realizar la campaña.
En detalle, la legislación señala que se reembolsará a los
postulantes $687 por cada sufragio que reciban en los comicios
que -en este caso- están programados para el próximo 17 de noviembre.
"El Servicio Electoral autorizará la devolución de los gastos
en que hubieren incurrido los candidatos, por una suma que no podrá
exceder del equivalente, en pesos, a tres centésimos de unidad de
fomento, multiplicado por el número de sufragios obtenidos en la
respectiva elección", dice la normativa.
Comparando el total de gastos rendidos por el candidato con el
cálculo del reembolso, éste se ajustará siempre a la cantidad menor que resulte
de la comparación.
Por ejemplo:
Caso 1: Si el total de los gastos rendidos fuere inferior al
cálculo de reembolso detallada anteriormente, la devolución de gastos se
ajustará a los gastos efectivamente realizados.
Caso 2: Si el total de gastos rendidos fuere superior a la suma
que le corresponda por concepto de reembolso, la devolución de gastos se
ajustará al cálculo del reembolso.
La ley indica que un candidato igualmente puede
presentar sus votos como aval ante una institución bancaria,
pudiendo incluso enviar un mandato para que el banco cobre al fisco.
Cabe destacar que el límite de gasto electoral que pueden
realizar los postulantes a La Moneda es $9.231.315.685.
No hay comentarios:
Publicar un comentario