Evita multas si vives solo: Este es el formulario del Censo que debes rellenar si no estarás en casa

El próximo 19 de abril se realizará en todo el país el Censo 2017, es decir, el conteo y caracterización de todas las viviendas y habitantes del territorio nacional.
Para lo anterior, los censistas están encargados de asistir a cada hogar, cárcel, hospital, terminal de buses, aeropuertos, entre otros lugares, para aplicar el formulario correspondiente, el que posee 21 preguntas de diferente índole.
Para que los ciudadanos se queden en casa ese día, el Gobierno decretó la fecha como feriado irrenunciable, así la gran mayoría de chilenos no trabajarán y pueden estar en sus hogares cuando el censista llegue. Sin embargo, hay funciones que no cesan y, por lo mismo, hay alternativas para quienes no puedan estar en su casa dicho día.

RELLENADO PREVIO DEL FORMULARIO

Todas las personas que viven solas y que por motivos de trabajo u otros, no estarán el 19 de abril en su hogar, tendrán que descargar el formulario del Censorellenarlo y dejárselo en un sobre a un vecino o en conserjería, para que así cuando el censista concurra al lugar, tenga los datos del hogar vacío.
El documento ya está disponible en www.censo2017.cl para bajarlo.

MULTAS A LAS QUE TE ARRIESGAS

Todas las personas que se alojen la noche anterior en la vivienda deben ser censadas, incluyendo bebés, niños y personas mayores. Y esta obligatoriedad está recogida en el artículo 20 de la Ley 17.374 del INE.

Artículo 20°- Todas las personas naturales o jurídicas chilenas y las residentes o transeúntes están obligadas a sumistrar los datos, antecedentes o informaciones de carácter estadístico que el Instituto Nacional de Estadísticas les solicite por intermedio de sus funcionarios, delegados o comisionados, de palabra o por escrito, acerca de hechos que por su naturaleza y finalidad tengan relación con la formación de estadísticas oficiales.

La norma establece también sanciones en el artículo 22. Quienes se nieguen a dar información o la falseen tendrán que pagar una suma no inferior a un quinto ni superior a cuatro veces un sueldo vital (entre 7.587 pesos y 151.740 pesos aproximadamente), según fuente del Ministerio de Economía. Pero ¡OJO!, porque la multa no eximirá de proveer la información.

Artículo 22- Las personas a que se refieren los artículos 20° y 21°, de esta ley, que se negaren a suministrar los datos estadísticos que les fueren solicitados, o que los falsearen, o alteraren, sufrirán una multa de una suma no inferior a 1/5 ni superior a cuatro sueldos vitales mensuales del departamento de Santiago.

En caso de persistir la rebeldía, la multa podrá ser nuevamente impuesta, aumentándose hasta el doble del valor señalado en el inciso primero.

 

En el caso de los menores de edad, pueden contestar directamente, pero bajo supervisión de un mayor. En caso de que haya alguna situación que les impida responder, un adulto puede hacerlo en su nombre.

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