¿Pasó tu censista? Esto se debe hacer en el caso de que no te hayan censado.

Con normalidad se ha llevado a cabo este miércoles 19 de abril el Censo 2017 en todo el territorio nacional, donde los voluntarios han visitado los hogares de los chilenos para saber, entre otras cosas, cuántos personas viven en el país.
En el marco de este proceso existe la posibilidad de que algunas viviendas no sean censadas por distintos motivos.
Por esto, en Ahoranoticias.cl te damos a conocer los pasos a seguir según cada caso.
NO HAY NADIE EN LA CASA
Una de las posibilidades es que por razones de trabajo o fuerza mayor, el dueño de casa no está en su vivienda y durante el día se encuentre vacía
En este caso, el censista al no encontrar a nadie en su primera visita, regresará al lugar por una segunda vez durante el día. Si en esa nueva visita tampoco hay nadie, el censista dejará una citación para que quien vive allí asista a un lugar dentro de la comuna donde deberá responder las preguntas del censo durante otro día.
Si se trata de un censista que vive solo, estos pueden autocensarse descargando el formulario y dejarlo a un vecino al conserje en un sobre cerrado, quienes se lo deben entregar al censista designado para el sector.
NO ESTAR EN CONDICIONES DE SER CENSADO
Si por alguna razón el censado no se encuentra en condiciones de ser responder a las preguntas que les hará el voluntario, este, al igual que ocurre cuando no hay nadie en la vivienda, se le dejará una citación para que el habitante de la vivienda asiste a un lugar donde responderá las preguntas del Censo durante otro día.Crédito: Agencia Uno
EL CENSISTA NO PASÓ
Esta situación no debiese ocurrir, ya que cada casa tiene a un censista designado para que la visite. Para esos casos y en conversación con Ahora Noticiasel ministro de Economía, Luis Felipe Céspedes, dio a conocer los pasos a seguir por quienes no fueron censados.
"Estamos pidiendo en esos casos que la gente llame al teléfono 800777777 o 101 de Chile Atiende. Que llamen a ese teléfono para que nosotros podamos informar de esa situación, cosa que podamos tener la comunicación con el supervisor y no se quede sin censar esa vivienda", explicó.
NEGARSE A SER CENSADO
Si el o los habitantes de la vivienda se niegan a ser censados, incurren en una falta porque se trata de una obligación estipulada por ley.
Por este motivo, el artículo 22° de la Ley 17.374 dicta que, quienes no cumplan con esta obligación, falseen datos o los alteren, "sufrirán una multa de una suma no inferior a 1/5 ni superior a cuatro sueldos vitales mensuales del departamento de Santiago", es decir, un castigo monetario de entre $7.587 y $151.740 aproximadamente.

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